Posteando bajo la veda II:
Parece que terminó el vergonzoso episodio de la toma del Carlos Pellegrini. Los desquiciaditos alumnos y sus exaltados padres resolvieron darse el lujo de "permitir" el ingreso del nuevo rector tras semanas de joda. Encima eran luchadores de buen tiempo: levantaban la toma los viernes y la reiniciaban los lunes.
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Es que tomar el colegio el fin de semana no va, ¿viste? A ver si hay que pasar en el colegio el sábado a la noche en vez de salir y tomar...
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Durante semanas, estos "alumnos" se dieron el gusto de tomar una escuela pública porque aparentemente no les gustaba "el proyecto" que traía el rector, que había sido elegido siguiendo todos los requisitos y procedimientos válidos. Aparentemente, el proyecto del nuevo rector era demasiado "economicista". ¡Horror! ¡Dios no quiera que vaya a verse algo de economía o contabilidad en la Escuela Superior de Comercio "Carlos Pellegrini"!
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No voy a proponer causas sociológicas o emocionales para intentar comprender el porqué los chicos llegaron a esta medida. No voy a aventurar propuestas de diálogo y mutuo entendimiento. Me voy a limitar, como ciudadano argentino que paga la educación "gratuita" de estos crápulas con cada compra en la que me enchufan el IVA, a decir en mi humilde opinión qué es lo que necesitan esos "alumnos" y sus padres...
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Una buena patada en el traste.
1 Comentarios:
Muchachos, no se precupen tanto por la veda...
h)* Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.
( * Modificación introducida por la ley 25.610)
Alguien se acuerda que hace tres semanas a las 18:01 los medios publicaron las encuestas a boca de urna…
Pero fíjense en este otro artículo que el Néstor y su comparsa parece que tampoco leyeron...
CAPITULO IV bis*
Artículo 64 quater.
Publicidad de los actos de gobierno. Durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.
Queda prohibido durante los siete (7) días anteriores a la fecha fijada para la celebración del comicio, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo, y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.
* Modificación introducida por la ley 25.610
Por cierto esto se castiga con:
Artículo 133 bis. Publicidad de actos de gobierno. Los funcionarios públicos que autorizaren o consintieran la publicidad de actos de gobierno en violación de la prohibición establecida en el artículo 64 quater, serán pasibles de inhabilitación de uno (1) a diez (10) años para el ejercicio de cargos públicos."
Asi que para que preocuparse, es Argentina muchachos...
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