sábado, 10 de abril de 2010

Si pudiera reformar la Constitución...

Muy bien, ya sé que los atormenté a muchos de ustedes con mi eterna e interminable serie de artículos de "Una nueva Constitución" hace un par de años, pero a pesar de eso hoy voy a volver a las andadas por esos pagos. No se preocupen, intentaré de que sea breve y no pasará de este artículo.

Yendo al tema, si me estuviera dado el modificar la Constitución Nacional para adaptarla a la experiencia de estos últimos años, me conformaría con que estos diez puntos pasen a ser incorporados.

1. Prohibir la reelección presidencial. No "prohibir la reelección inmediata" y pedirles que dejen pasar un período completo para volver a presentarla. Hablo de prohibirla en serio. Que la Constitución diga que quien ejerció un mandato como Presidente no lo puede volver a hacer nunca más. Punto. Nadie es tan bueno o perfecto como para pretender perpetuidad; el único tipo que en la historia de la Humanidad podría haber merecido perpetuidad en el cargo terminó clavado a una cruz. Y ya que estoy, quizás le agregaría una "cláusula hondureña" que revoque automáticamente el mandato de cualquier presidente que siquiera HABLE de una reelección. Si funcionó para que Honduras se libere del payaso de Zelaya, tan mala no debe ser.

2. Nada de representación política en el Consejo de la Magistratura. La participación política en la selección y nombramiento de los jueces está bien cubierta con la designación por parte del Presidente y el acuerdo prestado por el Senado. La selección de las ternas debe ser un asunto estrictamente académico y judicial. Elegir quién va a impartir justicia no puede quedar en manos de una mayoría legislativa, que puede depositar ese poder en manos de bestias humanas como Diana Conti y Carlos Kunkel.

3. Prohibir la sucesión familiar. Más que claro. Aspiramos a vivir en una república, no en una monarquía. Quizás la "cláusula hondureña" debería aplicarse para el Presidente que proponga a su esposa, a algún hijo, sobrino, primo, yerno, cuñado, nieto u otro pariente cuya relación no sea lo bastante obscura como para obligar a preguntar "¿cómo se llama?" cuando se percata de su existencia.

4. Elecciones presidenciales cada seis años. Si cuatro años es tan poco tiempo en el gobierno como para justificar la idea de una reelección, mientras que los seis años de un mandato pre-1994 eran demasiados, entonces hay que volver a los seis años de período presidencial. Es suficiente tiempo como para que un presidente implemente políticas y vea los resultados antes de irse. Y es ya demasiado tiempo para que una ciudadanía lo soporte.

5. Mandatos de tres años para los diputados. La Argentina no puede vivir de elección en elección cada dos años. Aunque existen buenas razones para el actual sistema de renovación parcial de las Cámaras (no se puede permitir que toda una cámara quede constituida por un único humor social), pienso que es preferible bajar el mandato de cuatro a tres años y hacer que la Cámara de Diputados se renueve totalmente en cada elección. Ah, y con circunscripciones en vez de listas sábana, y límites de cuatro períodos en las bancas.

6. Senadores elegidos conjuntamente con los comicios provinciales. Tres senadores por provincia: uno elegido en la lista del gobernador y del vice, uno por el partido con más bancas en la Legislatura y otro por el que le sigue en cantidad de bancas. Que la decisión sobre quiénes van a representar los intereses de las provincias en el Senado se tome al mismo tiempo que se decide quiénes deben legislar y gobernar en las propias provincias. Que el Senado sea sólo cámara revisora, excepto en materia de distribuir responsabilidades entre el Gobierno y las provincias. Y que los senadores sean responsables ante las legislaturas de sus propias provincias (con la posibilidad de ser destituidos por ellas) por la defensa que hagan de los intereses provinciales.

7. Mayoría absoluta del total de miembros para aprobar todas las leyes. Si el Senado tiene 72 miembros, que ninguna ley pueda ser aprobada sin el voto afirmativo de 37 senadores. Si Diputados tiene 257 miembros, que ninguna ley pueda ser aprobada sin el voto afirmativo de 129 diputados. ¿Que va a ser difícil que todos estén sentados en sus bancas? Si a cualquier argentino común y corriente le descuentan sueldo, presentismo y almuerzo por faltar al trabajo, a nuestros "representantes del Pueblo" no les cabría más que cumplir las tareas por las que se les pagan fortunas. Y para eso mandaría a la Policía a que se asegure de que cada senador y diputado esté bien sentadito en su banca a la hora de sesionar. Es sólo una idea.

8. Mayoría de dos tercios del total de miembros para aprobar la creación y modificación de impuestos. ¿Que si va a ser difícil aprobar cualquier impuesto? Esa es la idea. Si nos van a sacar dinero, más vale que sea lo bastante urgente y convincente como para que convenzan a la gran mayoría del Congreso. El poder de sacarle plata a sus legítimos dueños (que somos nosotros y definitivamente no son los políticos) no puede quedar en manos de una mayoría transitoria. Quién sabe, a lo mejor así se les va a ocurrir ser mejores administradores.

9. La coparticipación es de abajo para arriba. El Gobierno nacional sólo recauda tasas aduaneras, impuestos al comercio exterior e IVA. Las provincias recaudan Ganancias y otros impuestos directos. Si hay que repartir plata, el convenio entre las provincias es para decidir cómo y cuánto va de lo que recaudan para el Gobierno nacional, no cuántas migas van a llegar desde Buenos Aires.

10. El veto es completo, no parcial. No se le puede permitir a un Presidente pervertir una ley mediante el expediente de sacar las partes que no le gustan y dejar las otras. Que asuma el costo político de rechazar la decisión del Congreso y anule toda la ley si hay algo que no le gusta. Y si no le gusta lo que se aprobó, que se lo banque. A nosotros no nos suele gustar nada de lo que aprueban cotidianamente.

En fin, eran sólo algunas ideas que tenía. Espero que les haya parecido interesante.

Saludos y hasta la próxima.

6 Comentarios:

Anonymous Anónimo dijo...

Mayor Paine, menos en el punto 6 (prefiero que los senadores sean dos por provincia elegidos por los votantes), el resto 100% de acuerdo.

Sobre la "coparticipación unitaria de impuestos", para mí, reforma constitucional mediante, el Gobierno Federal debería financiarse por medio de:

-Derechos de importación y exportación (aunque prefiero que ambos sean del 0%, como ya dije antes).

-Contribuciones sobre consumos específicos (impuestos internos, diferente al IVA) establecidas por medio de una Ley del Congreso Nacional.

-Venta o locación de tierras de propiedad federal.

-Empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo Congreso para urgencias de la Nación, o para empresas de utilidad nacional. (Saqué del artículo 4 de la Constitución las rentas de Correos)

-Los impuestos directos y los demás tributos indirectos los dejaría en manos de los gobiernos provinciales.

¿Qué tal? Al mismo tiempo el gobierno federal debería tener menos responsabilidades y el resto, traspasarlas a las provincias y municipios.

Andrés

5:09 p. m.  
Blogger Mayor Payne dijo...

Andrés, gracias por la respuesta!

Estoy de acuerdo con el desglose de fondos que vos planteás. Por lo general, soy partidario de la división clásica de la Constitución original entre impuestos directos provinciales e indirectos concurrentes federales, pero cualquier sistema que restrinja las fuentes de financiamiento de un Gobierno Federal estrictamente acotado a facultades básicas está bien para mí.

Quizás haya que acotarlo diciendo que el Gobierno Federal tiene exclusividad sobre toda la tributación originada en el comercio exterior y detallar constitucionalmente los pocos casos internos (como dijiste) en los que es válida la creación de impuestos internos, dejando el resto estrictamente en manos provinciales.

Naturalmente, como bien dijiste, el gobierno federal tendría que deshacerse de ciertas responsabilidades que bastante mal ejecuta y pasárselas a los niveles inferiores de gobierno que por su cercanía a los problemas están en mejores condiciones de actuar. Sin embargo, se presenta el tema de transferir los fondos, como quedó claro con todo el brete del pase de la Policía Federal a la ciudad.

Respecto del punto del Senado, a lo mejor quedó confuso por la redacción del post, pero mi idea es que los senadores sean elegidos por los votantes, pero con un mecanismo que permita transmitir la realidad política de una provincia o de la Ciudad a su representación en el Senado. Pongo por ejemplo el caso de Ciudad de Buenos Aires: un gobierno local y una primera minoría legislativa en manos del PRO, pero dos senadores (Estenssoro y Cabanchik) fueron elegidos por la Coalición Cívica y el restante (Filmus) por el FPV.

Según este sistema, la boleta de gobernador o jefe de gobierno tendría un renglón más para un candidato a senador, mientras que para los otros dos, cada boleta de candidatos para la legislatura tendría un renglón más para un candidato a senador, siendo electos los dos candidatos de los dos partidos que más bancas consigan.

En fin, eso era todo. Saludos!

5:32 p. m.  
Blogger Fede dijo...

Muy buen post, Mayor. Coincido en casi todo. Yo agregaría dos puntos más, referentes a la economía:

- Quitarle por ley al Poder Ejecutivo la facultad de restringir o prohibir las exportaciones o importaciones de cualquier bien, bajo ninguna circunstancia. El comercio exterior es una actividad lícita, y por lo tanto su libre ejercicio no puede depender de los caprichos del gobernante de turno.

- Quitarle por ley al Banco Central la facultad de emitir moneda "a piacere". Sólo podrá emitir la cantidad de moneda que surja de una fórmula matemática establecida por ley. Dicha fórmula tendrá, como principal variable (o única tal vez), el crecimiento del PBI del país.

7:15 p. m.  
Anonymous Anónimo dijo...

Mayor Paine, respecto a detallar constitucionalmente que bienes se gravarían con impuestos internos, ¿Qué te parece la idea de que la Constitución estableza que una ley de impuestos a los consumos específicos detallará qué bienes estarán gravados?

A modo de ejemplo, te nombro lo que menciona el artículo 1º de la Ley de Impuestos Internos de Argentina:

"Establécense en todo el territorio de la Nación los impuestos internos a los tabacos; bebidas alcohólicas; cervezas; bebidas analcohólicas, jarabes, extractos y concentrados, automotores y motores gasoleros que se aplicarán conforme a las disposiciones de la presente ley."

Andrés

7:52 p. m.  
Blogger Mayor Payne dijo...

Fede, me gustan las dos propuestas. Con la del Banco Central, sería cosa de modificar los actuales incisos 6 ("Establecer y reglamentar un banco federal con facultad de emitir moneda, así como otros bancos nacionales.") y 11 ("Hacer sellar moneda, fijar su valor y el de las extranjeras; y adoptar un sistema uniforme de pesos y medidas para toda la Nación.") del Art. 75... quizás alguna frase al estilo de "...con arreglo al crecimiento de la Nación" o alguna cosa por el estilo. No entraría en definiciones de qué fórmula agregar, pero sólo por temor a acabar con un choclo indigerible como las pseudo-constituciones venezolana y boliviana.

Andrés: coincido, aunque otra alternativa bien podría ser ir por el lado de la libertad negativa, por ejemplo, establecer que el Gobierno Federal no podrá gravar con impuestos indirectos la comercialización y venta de productos de primera necesidad, servicios básicos, o algo así... no sé, era una idea.

Gracias y saludos!

7:27 p. m.  
Anonymous Anónimo dijo...

Mayor Paine, estoy de acuerdo: con relación a gravar los consumos específicos, se puede establecer que "el Gobierno Federal no podrá gravar con impuestos a los consumos específicos la compraventa de bienes y servicios de primera necesidad ni ningún otro reservado a los gobiernos provinciales".

Cabe recordar que en 1890 se establecieron impuestos internos en la Capital Federal y territorios nacionales a "las cervezas, los alcoholes y a los fósforos" (http://www.pachami.com/Ensayos/CrisisEconomicas.htm).

¿Qué tal? Con esta idea tuya creo que quedaría establecido que solo el Gobierno Federal podrá imponer gravámenes indirectos (consumos específicos) a los bienes de lujo.

Andrés

2:57 p. m.  

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